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Crímenes de lesa humanidad: La Corte avaló arrestos domiciliarios para condenados. Los casos juninenses

El máximo tribunal resolvió revocar una sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal. Se trata del caso de un teniente coronel condenado a 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. El Gobierno también avaló la resolución judicial. Esto respalda la situación judicial de tres ex policías juninenses condenados en 2015 por el Tribunal Oral Criminal Federal 1.

Por Redacción

Miércoles, 19 de abril de 2017 a las 19:33

La Corte Suprema de Justicia revocó un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que había dejado sin efecto la prisión domiciliaria a un teniente coronel del Ejército condenado por delitos de lesa humanidad, una decisión que sienta un nuevo antecedente jurisprudencial.

Con los votos a favor de Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte dispuso el dictado de un nuevo pronunciamiento, por lo que Casación deberá volver a deliberar sobre la situación penal de Felipe Jorge Alespeiti, de 85 años, condenado a 22 años de prisión con sentencia no firme por crímenes cometidos durante la dictadura.

Por mayoría, el máximo tribunal revocó un fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación que había revocado el arresto domiciliario de Alespeiti sobre la base de considerar el riesgo de fuga y el compromiso de la responsabilidad internacional del Estado argentino de garantizar efectivamente el cumplimiento de la pena.

En nuestra ciudad, tres ex policías juninenses que en su momento fueron condenados por delitos cometidos durante la dictadura cívico-militar en nuestra ciudad, gozan de este beneficio. En marzo de 2016 se le concedió el beneficio a Miguel Angel Almirón, en octubre a Francisco Silvio Manzanares y ahora en enero, a Abel Oscar Bracken, cuando fue condenado a cadena perpetua a partir de ser considerado coautor del homicidio de Hugo Torreta

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata condenó el 18 de febrero de 2015 en Junín a siete acusados por crímenes de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo que funcionó en Junín, provincia de Buenos Aires, durante la última dictadura cívico-militar. El ex jefe del área militar 131, Ángel José Gómez Pola, y el ex comisario de la Comisaría Primera, Abel Oscar Bracken, recibieron prisión perpetua, mientras que el ex oficial de inteligencia policial Francisco Silvio Manzanares y el ex médico policial Aldo Antonio Chiachietta fueron condenados a 25 años de prisión.

Las penas impuestas se completan con 18 años de prisión para los ex oficiales Miguel Ángel Almirón y Julio Ángel Esterlich y de 15 años de prisión para el ex oficial Edgardo Mastandrea. Las condenas fueron impuestas por unanimidad de los tres jueces, quienes disintieron en algunos de los montos de las penas.

FALLECIDOS

Aldo Antonio Chiachietta falleció unos cinco días después del fallo. El médico juninense quien se desempeñó como traumatólogo, médico policial y galeno vinculado al mundo futbolístico. sufría de cáncer de vejiga y el deterioro que provocó esta enfermedad en su organismo habría desencadenado en la muerte. Su deceso se produjo en el penal federal de Ezeiza.

El ex comisario juninense de la policía bonaerense Edgardo Antonio Mastandrea, de 69 años, que estaba detenido por graves violaciones a los derechos humanos, murió el miércoles 27 de julio de 2015 luego de la amputación de sus piernas como consecuencia de la diabetes que padecía.

Mastandrea permanecía alojado en el pabellón 19 del Penal Federal de Marcos Paz, tras la pena que recibió en febrero de 2015, cuando se lo sentenció a 15 años de prisión luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata que lo juzgó lo encontrara culpable de delitos de lesa humanidad cometidos en Junín durante última dictadura cívico militar.

Permanecen encarcelados Angel José Gómez Pola y Julio Angel Esterlich.

EL HECHO QUE SIENTA JURISPRUDENCIA

Alespeiti fue juzgado en el 2009 por 107 secuestros y desapariciones, entre los que se cuentan las del escritor Haroldo Conti y Marcelo Gelman, hijo del poeta Juan Gelman. El represor fue jefe del Área II de la subzona Capital Federal entre el 16 de octubre de 1975 y el 22 de septiembre de 1976.

El caso llegó a la Corte Suprema y en su voto el juez Maqueda sostuvo que Casación debe analizar el estado de salud de Alespeiti -patologías cardíacas, evolutivas, crónicas, irreversibles y susceptibles de complicación, con un trastorno senil con deterioro funcional, pérdida del setenta por ciento de la visión en uno de sus ojos, y posee poca capacidad de locomoción-, y que su detención en una cárcel podía agravar las patologías.

Por su parte, los jueces Rosatti y Rosenkrantz coincidieron en la falta de fundamentación para revocar la prisión domiciliaria y de elementos para sostener que fuera de la prisión Alespeiti podía generar riesgos para la causa.

En disidencia, Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco votaron por rechazar el planteo de la defensa del represor, por lo que confirmaron el rechazo de la prisión domiciliaria.

Ahora tendrá que intervenir nuevamente la Sala IV de Casación que 2014 había revocado la prisión domiciliaria que el Tribunal Oral Federal 5 le había otorgado.

En ese momento, los camaristas Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani señalaron que los problemas de salud del represor se podían tratar en la cárcel y que Alespeiti tenía capacidad de "influir sobre estructuras de poder que integró y que conformó una red continental de represión", por lo que la detención domiciliaria aumentaba esos riesgos.

Por su parte, el juez Gustavo Hornos había dicho que por la edad y los problemas de salud de Alespeiti correspondía la prisión domiciliaria y que en esa condición no había riesgos procesales.

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