Desde el FDT presentaron hoy ante el HCD un proyecto alternativo, que brinda al intendente las herramientas que necesita para mantener habilitadas las actividades económicas que se caen en fase 4.
El proyecto.
14 de Julio de 2020
Intendente de Junin
Sr. Pablo Petrecca
S_____/_____D
VISTO La necesidad de mantener habilitadas actividades económicas en la ciudad de Junín aún estando en
fase 4 durante el aislamiento social obligatorio preventivo
Por medio de la presente este bloque de concejales del Frente de Todos se dirige a usted con el
objetivo de presentar el siguiente:
Proyecto de Ordenanza
Artículo 1º .- Créase la Comisión Especial de Reactivación Económica cuyo objeto será analizar,
evaluar y recomendar al Departamento Ejecutivo el otorgamiento de permisos precarios para la
apertura y desarrollo de aquellas actividades cuyas respectivas autorizaciones se encuentren
pendientes de resolución en los ámbitos del Gobierno Provincial o Nacional.
Artículo 2º .- Los permisos precarios otorgados serán revocables por la verificación de la autoridad
municipal competente que constate un impacto negativo en términos de protección y prevención
sanitaria.
Artículo 3º .- La Comisión Especial de Reactivación Económica estará conformada por:
- Secretario de Gobierno.
- Secretario de Desarrollo Económico
- Secretaría de Salud.
- El presidente del Concejo Deliberante
Artículo 4º .- A los efectos de su puesta en marcha, periodicidad, frecuencia y modalidad de trabajo, la
Comisión Especial creada en el Artículo 1º dictará su propio reglamento de funcionamiento.
Artículo 5º .- La Comisión Especial se conformará de manera urgente y tendrá vigencia a partir de la
aprobación de esta ordenanza y emitirá recomendaciones de carácter no vinculante al Departamento
Ejecutivo sobre la posibilidad de otorgar autorizaciones precarias para el desarrollo de actividades
comprendidas en tramitaciones pendientes de resolución.
Artículo 6º .- Los integrantes de la Comisión podrán recabar informes y recomendaciones para la
apertura de las actividades provenientes de referentes especializados, ya sea personas físicas o
instituciones de reconocida solvencia en infectología y epidemiología.
Artículo 7º .- Comuníquese, etc.-