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Piden la creación del área de la Diversidad Sexual

Es una iniciativa presentada por el concejal Juan Manuel Sequeira (Socialismo para la Victoria) con el fin de promover la igualdad y la no discriminación.

Por Redacción

Miércoles, 16 de septiembre de 2015 a las 22:55

El Concejo Deliberante se encuentra analizando un proyecto de ordenanza para crear el Area de la Diversidad Sexual en el ámbito del gobierno comunal. El tema ingresó en la sesión ordinaria del pasado martes 8 de septiembre propiciado por el concejal Juan Manuel Sequeira (Socialismo para la Victoria).

El edil -en diálogo con JUNINDIGITAL- señaló que presentó esta iniciativa "convencido que es necesario generar un área que atienda y canalice las necesidades de salud y los derechos del colectivo de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales, intersexuales y Queers (LGTBIQ). Creemos necesario que se garanticen los derechos hasta aquí adquiridos, que se asesore y también creemos necesario diseñar estrategias integrales centradas en brindar capacidades que permitan una mejor inserción en la sociedad para el desarrollo personal y comunitario".

"Presentamos este proyecto de ordenanza para que con el conjunto de todas las fuerzas políticas de nuestra ciudad le hagamos aportes y cambio si son necesarios siempre teniendo como principal objetivo ampliar derechos, visibilidad de la temática LGTBIQ, acceso a la salud y la construcción de la libertad", afirmó el edil.

EL TEXTO COMPLETO DE LA INICIATIVA SOCIALISTA

Este bloque de Concejales Socialista Para La Victoria, se dirige a Ud., con el objeto de elevar para su ingreso y posterior tratamiento, el siguiente Proyecto de Ordenanza.

Visto:
•    La Constitución Nacional en sus artículos 16 y 19
•    La Ley 26.618 de Matrimonio Igualitario
•    La Ley 26.743 de Identidad de Genero
•    La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículos 1, 2, 5, 28 y 29)
•    La Declaración de los Derechos Humanos (artículos 1 y 2)
•    La Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículos 1 y 11)
•    El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 12)
•    La Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer
•    La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (artículo 1)
•    La Convención sobre los Derechos del Niño (artículos 2, 3, 4, y 5)
•    La declaración de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género, presentada ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008
•    La declaración de los Estados Americanos Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 3 de junio de 2008 
Y que la permanente construcción de la democracia requiere el compromiso constante de garantizar la pluralidad de voces, involucrándolas en un proceso de participación real es por esto que este bloque Socialista Para La Victoria solicita la Creación del Área de la Diversidad Sexual, y;

Considerando:Que en un contexto de marginalidad y exclusión, con deterioro de la calidad de vida y creciente fragmentación social, las políticas públicas adquieren un mayor protagonismo y se hace necesario diseñar estrategias integrales centradas en brindar capacidades que permitan una mejor inserción en la sociedad para el desarrollo personal y comunitario.
                            Que en la actualidad, con el reconocimiento de los Derechos Humanos a nivel global, una nueva realidad se ha visibilizado en la sociedad, demandando respuestas concretas por parte del Estado en todas sus dimensiones.
                           Que es necesario generar un área que atienda y canalice las necesidades de salud y derechos del colectivo de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales, intersexuales y Queens (LGTBIQ).
                            Que, además el área recién referenciada, debe trabajar para garantizar que en la ciudad de Junín se cumplan los derechos adquiridos a nivel nacional por el colectivo LGTBIQ, como son el matrimonio igualitario y de Identidad de Género, así como también posibilitar el acceso a la salud, al trabajo y el bienestar en general de todas las personas con identidad de género diferente, a partir de la promoción e implementación de políticas para sensibilizar a la comunidad contra la discriminación y a favor del colectivo LGTBIQ en la agenda local de políticas pública.
                             Que las personas con identidad de género diferente tienen que tener garantizados los derechos que les son propios en tanto son ciudadanas y ciudadanos de pleno derecho.
                             Que en todos los países del mundo el movimiento reivindicativo llevado adelante por la población LGTBIQ se consolida cotidianamente y ha logrado importantes conquistas en el camino hacia la igualdad de oportunidades y derechos.
                             Que cada vez más diversos países, ciudades y regiones que, reconociendo el principio de igualdad de todas las mujeres y varones, reparan una situación de injusticia que por más de 2000 años llevó adelante a la población LGTBIQ a vivir en la persecución, la negación sistemática, el ocultamiento, la estigmatización y el prejuicio.
                              Que en Latinoamérica, en este nuevo siglo han sido numerosos los avances en materia de protección de derechos para las personas LGTBIQ, tal el caso del “Programa Brasil sin Homofobia” y la Defensoría Homosexual de la ciudad de San Pablo; el “Plan de igualdad y no discriminación por orientación sexual” de Quito o el “Acuerdo sobre políticas públicas para el sector LGBT” firmado por el alcalde de Bogotá que incluye la creación de un “Centro Comunitario de Atención de personas LGBT”.
                             Que México se creó en el año 2006 el Programa Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación que tiene por objetivos el diseñar, coordinar, orientar y evaluar los resultados de la política del Estado mexicano en materia de no discriminación, en un todo de acuerdo con la constitución mexicana, y que en la actualidad brinda servicios tales como una línea gratuita para denuncias por motivos de discriminación así como también la realización de campañas específicas contra la homo, lesbo y trans fobia.
                             Que nuestro país cuenta con la mayor adquisición de derechos y visibilidad de la temática LGTBIQ, es aun necesario seguir avanzando en materia de políticas públicas para la ampliación de derechos y acceso a la salud.
                             Que en este sentido la Provincia de Buenos Aires las políticas sobre diversidad sexual son llevadas adelante por la Dirección de Promoción de la Equidad de la Secretaria de Derechos Humanos provincial y tiene como objetivo incluir en la agenda política y en el debate social de los derechos de la personas LGBT, analizar las causas de los comportamientos discriminatorios para posibilitar una futura modificación y promover procesos de reflexión, que permitan reconocerse y ser reconocidos como sujetos de derecho. 
Es por ello que este Bloque Socialismo Para La Victoria presenta el siguiente:


                                                           ORDENANZA
          
Artículo 1.- Créase el Área de la Diversidad Sexual en el ámbito de Secretaria de General a través del área de Derechos Humanos y Asuntos Indigenasperteneciente al Municipio de Junín.
Artículo 2.- Serán objetivos del Área de la Diversidad Sexual:
Objetivo General: Promover la construcción de una ciudadanía plena para las personas de orientación sexual diferente de la Ciudad de Junín.
Objetivos Específicos:    
•    Promover la igualdad y la no discriminación hacia personas de orientación sexual diferentes, garantizando el más alto nivel de inclusión dentro de las políticas públicas en el ámbito de competencia de la Municipalidad de Junín para lesbianas, gays, transexuales, bisexuales, intersexuales y Queens (LGTBIQ).
•    Impulsar la creación de un Programa Integral de atención e información para personas LGTBIQ en Junín.
•    Brindar servicios especializados, dirigidos a la población LGTBIQ.
•    Promover la difusión de información precisa y clara que permita desmontar mitos y prejuicios en relación a orientación sexual e identidad de género.
•    Articular las diferentes acciones que actualmente y en el futuro el municipio destine a la protección, promoción de derechos, capacitación, formación y recreación del colectivo LGTBIQ en nuestra ciudad.
•    Producir conocimientos en relación a la temática para el diseño de políticas vinculadas al colectivo lesbianas, gays, transexuales, bisexuales, intersexuales y Queens del municipio.
•    Facilitar el acceso a todas las personas, independientemente de su orientación sexual e identidad de género, especialmente de menores recursos, a los servicios de salud, culturales, deportivos y recreativos que brinda el municipio.
•    Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones que trabajan la temática específica y promover la articulación entre la sociedad civil y el Estado municipal, coordinando eventos y conmemoraciones, así también una agenda vinculada a la temática.
Artículo 3.- Los objetivos propuestos por la siguiente ordenanza pueden ser ampliados conforme se reglamente la presente, por parte de la Secretaria General por medio del Área de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas de la Municipalidad, en tanto tiendan a la igual de oportunidades, de trato y derechos de todas las personas sin distención de orientación sexual o identidad de género en pleno ejercicio del derecho personalísimo a la libre determinación sexual.
Artículo 4.- El Área de la Diversidad Sexual contará con un “Consejo Consultivo Asesor”, el cual se constituirá con:
•    Un representante de cada uno de los bloques políticos que integran el Concejo Municipal.
•    Un representante de la oficina de Derechos Humanos de la Municipalidad de Junín.
•    Representantes de gremios y sindicatos, Colegios Profesionales y la Universidad Nacional del Noroeste de Buenos Aires.
•    Representantes de organismos y organizaciones reconocidos por su defensa por los derechos de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales, intersexuales y Queens (LGTBIQ).
•    Representantes de organismos de la Salud privados y públicos como el HIGA y Región Sanitaria III.
Artículo 5.- Será objetivo del “Consejo Consultivo Asesor” asesorar al área garantizando la pluralidad de voces en la definición de políticas públicas en la relación a la temática de identidad de género.
Artículo 6.- Corresponde la reglamentación de la presente al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria General en el Área de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas
Artículo 7.- De forma.-

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