El Decreto 790/16 de Vidal no solo prepara el terreno para el tarifazo en el inmobiliario provincial, sino que también tendrá su efecto en el CVP local
El Decreto 790/16 de la PBA dispone el mecanismo y prepara el terreno para que, a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), se lleve adelante la ejecución del recálculo y/o revalúo de valores de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y sus edificios, las mejoras rurales y las plantaciones para el ejercicio fiscal 2017.
Esta medida que a priori sería solo de órden provincial, afectaría también en forma directa al importe que los vecinos de Junín pagamos en concepto de Tasa por Conservación de la Vía Pública (CVP).
Esto es así ya que método de cálculo del CVP detallado en el Art 1° de la Ordenanza N°6870 Impositiva 2016, incluye en su Inciso c) una multiplicación escalar por coeficientes asociados al “Valor Fiscal Tierra” que posee cada propiedad inmueble. Valores provistos por la Agencia de Recaudación provincial ARBA.
Es decir, el revalúo del “Valor Fiscal Tierra” que forma parte del cálculo final del importe que cada vecino debe pagar en concepto de CVP, resulta no solo un impacto indirecto en un tributo local del futuro tarifazo provincial, sin que también se comporta como una variable exógena al tratamiento legislativo por el cual debe atravesar cada proyecto de Ordenanza Fiscal.
Por todo esto, en la sesión del día de ayer ingresamos un proyecto dirigido al Ejecutivo local donde pedimos por un lado, que informe cuál sería el impacto que el revalúo fiscal establecido en el Decreto 790/16 de la PBA tendría sobre el “Valor Fiscal Tierra” informado por ARBA y por ende en el cálculo del la Tasa por Conservación de la Vía Pública (CVP) para el Presupuesto 2017.
Por el otro, que tenga a bien considerar la posibilidad de efectuar cambios en el método de cálculo del CVP para el año próximo, de tal manera de evitar que la determinación de los valores de los tributos locales dependan de variables exógenas, ajenas al tratamiento legislativo que hace el Concejo Deliberante de la Ordenanza Impositiva para cada ejercicio fiscal.